A continuación algunos fragmentos de los Estatutos de la Sociedad Hispanica Jules Verne. Se entregará una copia completa de los Estatutos a los nuevos miembros de la asociación.
- Artículo 1º. Constitución y denominación
- Artículo 2º. Domicilio, ámbito territorial, duración e idiomas oficiales
- Artículo 3º. Fines, Objetivos y Actividades
- Artículo 5º. Dirección y Administración
- Artículo18º. Miembros
- Artículo 19 º. Afiliación
- Artículo 20º. Derechos de los Miembros
- Artículo 21º. Obligaciones de los miembros
Se constituye en las Islas Baleares, una asociación internacional que se denominará SOCIEDAD HISPÁNICA JULES VERNE, con capacidad jurídica y plena capacidad de obrar, y que se regirá por la vigente Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo que desarrolla el Derecho Fundamental de Asociación, así como por las demás disposiciones normativas del Estado Español que sean de aplicación, sus propios estatutos y reglamentos.
- El domicilio de la Sociedad radicará en el término municipal de Marratxí (Islas Baleares). El Comité Ejecutivo podrá acordar el cambio de domicilio mediante acuerdo por mayoría simple de sus miembros.
- El ámbito territorial en el que va a realizar principalmente sus actividades son los continentes de Europa y América, en todo aquel que comparta el español como lengua de comunicación, los que conforman en su conjunto la comunidad Hispánica, que incluye a España, los países de habla hispana de Centro y Sudamérica y los hispanohablantes del resto del mundo.
- Dado el ámbito geográfico que abarca la sociedad, se pudieran establecer, si se requiere, en algún momento, la posibilidad y necesidad de la creación de Sedes, Delegaciones o Asociaciones Nacionales y que adquieran la condición de asociados, en los territorios a los que se extenderá la Sociedad.
- La asociación tendrá duración indefinida y sólo se disolverá por acuerdo de la Asamblea General Extraordinaria o por cualquiera de las causas previstas en las leyes.
- El idioma único oficial de la sociedad será el español.
- La Sociedad tiene como fin recopilar, procesar y difundir información sobre la vida y obra del literato francés Jules Verne.
- En particular son sus objetivos:
- Promover, inspirar y fomentar la organización de reuniones, eventos y actividades, tanto presenciales como a través de los distintos medios de comunicación existentes, con los miembros de la Asociación, Delegaciones y entidades asociadas, y establecer un servicio de asesoramiento, información y representación.
- Impulsar la investigación y la divulgación científica en el ámbito de competencia sobre la vida y obra de Jules Verne, así como establecer una relación y colaboración con otras Asociaciones, Clubes, Instituciones e individuos con objetivos e intereses afines.
- Favorecer el fluir de ideas, tanto a través de los diferentes canales de comunicación, como de las publicaciones de la Sociedad (impresas y sitio web)
- La Sociedad logra sus objetivos a través de:
- Reunir a personas interesadas en la vida y obra de Jules Verne, fomentar la adhesión a la Sociedad.
- Investigar y estudiar la obra de Jules Verne y promover el conocimiento acerca de la persona y el legado del autor, presentando y difundiendo su significado literario, cultural, histórico, técnico, científico o cualquier otro que se considere inherente, por medio de la traducción y publicación en las lenguas oficiales de la Sociedad de textos y material inédito o publicado con anterioridad.
- Permitir y favorecer a los miembros de la Sociedad el intercambio de información así como de diferentes tipos de materiales sobre Jules Verne.
- Exponer los resultados de los diferentes trabajos, la investigación de sus miembros y las acciones y eventos que alienten a la Sociedad, a través de las reuniones y asambleas, conferencias públicas, exposiciones, presentaciones, promociones, mesas redondas y otros eventos culturales de acción pública, siguiendo el principio de que toda información, descubrimientos culturales y de propiedad intelectual derivada de la Sociedad sean un bien público.
- La Sociedad se mantendrá ajena a cuestiones políticas, religiosas, raciales y en general a cualquiera otra que no esté relacionada directamente con el fin de la misma.
La dirección y administración de la Sociedad correrán a cargo de la Asamblea General y un Comité Ejecutivo.
Podrán ser miembros de la Sociedad, además de las correspondientes delegaciones determinadas por el Comité Ejecutivo y aprobadas la Asamblea General, las Entidades Nacionales fundadas en cualquiera de los países que abarcan el ámbito geográfico de la Sociedad y que estén debidamente inscritas y reconocidas en sus territorios nacionales, conforme a lo estipulado por la Ley de su respectivo país.
Toda persona física o jurídica que desee convertirse en miembro debe presentar una solicitud por escrito al Secretario General de la Sociedad el que dará el oportuno trámite. El Comité Ejecutivo, una vez verificados los requisitos que ha de cumplir quien desee ser miembro de la Sociedad, procederá, en su caso, a la aceptación de la misma.
Los miembros tienen derecho a:
- Participar en la Asamblea General por medio de un delegado con derecho a voz y voto, a través de cualquier medio de comunicación estipulado por el Comité Ejecutivo.
- Formular propuestas al Comité Ejecutivo o Presidente sobre los asuntos del orden del día de la Asamblea General.
- Proponer candidatos a la Presidencia de la Sociedad.
- Participar en las actividades organizadas por la Sociedad.
- Participar en los programas de asistencia y desarrollo de la Sociedad.
- Ejercer todo derecho establecido en los presentes Estatutos y reglamentos.
- Causar baja en la Sociedad en cualquier momento. A tal fin deberán enviar solicitud al Comité Ejecutivo que acordará su baja definitiva y será efectiva a partir de ese momento siempre que hubiera saldado sus obligaciones financieras con la Sociedad.
- Todo asociado tiene el derecho a participar en los órganos de gobierno y representación y a ejercer el derecho de voto.
Los miembros se obligan a:
- Observar en todo momento los Estatutos, los reglamentos, las disposiciones y las decisiones de los órganos de la Sociedad.
- Participar en las actividades organizadas por la Sociedad.
- Pagar, en su caso, las cuotas sociales que pudieran aprobarse.
- Hacer que sus propios miembros respeten los Estatutos, reglamentos disposiciones y decisiones de los órganos de la Sociedad.
- Cooperar con el cumplimiento de los fines de la Sociedad.
- Respetar las Reglas establecidas.
- Cumplir todas las obligaciones establecidas en los presentes Estatutos y otros reglamentos.
- A mantener actualizados la composición y duración de sus consejos directivos, de sus datos de ubicación, así como de cualquier cambio que se produzca.